Por la prueba y valoración, se acredita la ocupación del inmueble por el hijo de los arrendatarios, en lugar de éstos, habiendo sido notificado el requerimiento para la resolución por la cesión inconsentida mediante burofax, que fue recogido por el hijo de los demandados y resultando dicha cesión de la prueba testifical, del informe de un detective privado u otras.

RESOLUCION:

La AP Cádiz, desestima el recurso interpuesto contra la sentencia de instancia por la que se estima la demanda, y declara resuelto el contrato de arrendamiento de vivienda por cesión inconsentida, al resultar acreditada dicha cesión a favor de un hijo de los arrendatarios. preconstituido sobre la base de un interés de parte que debe contemplarse con severidad crítica y con especiales garantías.